Impuestos y Contabilidad
Evita las deudas con la Seguridad Social
por Sara Martínez | 20 diciembre, 2018
Tener deudas con la Seguridad Social o con Hacienda siempre acarrea problemas, y más si las tenemos con este tipo de organismos públicos. Debemos ser conscientes de los efectos que nos puede ocasionar no estar al corriente de pago con la administración como la imposibilidad de acceder a subvenciones por parte del Estado o a bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social. Además, deberemos soportar algunas penalizaciones como sufrir recargos o embargos sobre nuestras cuentas.
Tener deudas con Hacienda supone sufrir una penalización añadida como la denegación de los aplazamientos de impuestos. En cambio, los perjuicios por poseer deudas con la Seguridad Social son más rigurosos y debemos analizarlos con detalle.
Consecuencias por deudas en las cuotas de autónomos
En la jubilación
En el caso de que lleguemos al momento de la jubilación con alguna cuota pendiente, podrían darse diferentes situaciones. En primer lugar, como autónomos no podríamos disfrutar de la pensión si tenemos deudas con la Seguridad Social, por lo que deberemos liquidarlas o, en su caso, pedir un aplazamiento.
Por otra parte, si no pudiéramos pagar nuestra deuda con la administración por considerarla incobrable, podrían considerar nuestra deuda como no exigible. Sin embargo, el periodo pendiente de pago se descontaría del tiempo total cotizado a la hora de calcular la pensión y deberíamos seguir trabajando para llegar al mínimo exigible.
Al cobrar una prestación
Debemos ser conscientes de que tener cualquier cuota de autónomo pendiente de pago nos impide solicitar de cualquier prestación económica, como por ejemplo la de maternidad. Los más habitual es que si decidimos pedir una prestación, se nos invite a pagar nuestra deuda a la hora de realizar la solicitud. En el caso de que la deuda sea demasiado grande, si no podemos asumirla de una sola vez, la mejor solución será solicitar un aplazamiento para regularizar nuestra situación y poder cobrar la prestación. Hay que destacar que aquellas que sean inferiores a 1.300 euros no son consideradas como deudas aplazables por la Seguridad Social.
Consecuencias por deudas en los seguros sociales de los trabajadores
Se dice que una empresa se encuentra en situación de descubierto cuando no paga los seguros sociales de sus trabajadores. Este descubierto se suele producir fundamentalmente por dos causas: por la total falta de pago durante un periodo de tiempo determinado o por realizar el ingreso de las cuotas fuera del plazo establecido.
En el caso de que esta situación se prolongue en el tiempo, el empresario se convertirá en el responsable directo de las prestaciones a las que sus trabajadores puedan tener derecho. Esto quiere decir que si alguno de nuestros trabajadores se da de baja, tendríamos que ser nosotros quienes le abonemos la prestación de incapacidad o la de desempleo en el caso de que se trate de un despido. Esto también podría suceder en el caso de que un trabajador cotice por un salario menor al que realmente percibe.
En primera instancia, sería el Instituto Nacional de la Seguridad Social el encargado de abonar la prestación correspondiente al trabajador, aunque podría reclamarle después a la empresa el abono correspondiente de la misma. No obstante, hay que destacar que los descubiertos ocasionales no suelen llegar a este tipo de consecuencias, que se reservan únicamente para descubiertos prolongados por parte del empresario.
Cómo resolver las deudas con la Seguridad Social
A la hora de evitar que, tras el impago de una o dos cuotas mensuales, las deudas con la Seguridad Social se vuelvan excesivas, una de las mejores soluciones es afrontar el pago y ponerse al día a través por ejemplo a través de algún crédito online. Esta opción es rápida, sencilla y bastante cómoda para afrontar con celeridad cualquier gasto imprevisto cuando no se cuenta con la liquidez necesaria.
Las ventajas que ofrecen los préstamos en la red son numerosas, lo que provoca que cada año que pasa el número de solicitudes aumente. Entre sus diferentes beneficios destaca la inmediatez ya que tras haber completado correctamente la solicitud, podríamos disponer del dinero en nuestra cuenta corriente en un plazo aproximado de unos 10 o 15 minutos. Se trata de créditos rápidos, sin papeles, a través de los que se puede ahorrar tiempo en cuanto a la burocracia, información o requerimiento de documentos se refiere. Otra de las ventajas que ofrecen es la posibilidad de solicitarlos desde cualquier lugar, en cualquier momento y desde cualquier dispositivo como ordenadores o smartphones.
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